Elias YANES ÁLVAREZ

Arzobispo de Zaragoza

DECRETO

El día 20 de mayo del año 2005 se conmemorará el Centenario de la Coronación Canónica de la imagen de Nuestra Señora del Pilar.

En la memoria de la Basílica queda el recuerdo de aquella efemérides como uno de los momentos culminantes de la historia de la piedad y devoción a la Santísima Virgen bajo esta advocación secular. La ofrenda generosa de anillos nupciales y de joyas de miles de mujeres españolas sirvió para las espléndidas Coronas de la Virgen y del Niño, que una peregrinación diocesana a Roma presentó para su bendición al Papa San Pío X. Con tal motivo el Santo Padre entregó como obsequio y recuerdo a la Basílica el Cáliz usado por él en la Eucaristía celebrada en tal fecha, vaso sagrado que se conserva y muestra entre las pieza más venerables del Museo del templo. Al mismo tiempo el Santo Padre concedió las mismas indulgencias y privilegios del Jubileo romano del Cincuentenario de la proclamación dogmática de la Inmaculada a quienes durante el año peregrinasen al Pilar.

Ahora, cien años después, en los comienzos del Tercer Milenio, esta conmemoración puede ser una gran ocasión de afianzar y renovar la fe que, según la venerada tradición del Pilar, se propagó, en sus comienzos, con la especial protección de Santa Maria, en este singular lugar a las orillas del Ebro.

Esta fe renovada con la especial intercesión de la Virgen Maria, bajo la advocación del Pilar, debe suscitar en nosotros el deseo de colaborar activamente en la «nueva evangelización» según la orientación de nuestro Santo Padre Juan Pablo II.

Portante, recogiendo la petición del Cabildo Metropolitano, ESTABLEZCO, en memoria del que ya concedió hace cien años el Papa San Pío X, un AÑO JUBILAR EXTRAORDIANARIO en torno a la sagrada imagen de Nuestra Señora del Pilar, en su Catedral-Basílica, desde el 20 de mayo de 2004 al 22 de mayo de 2005, en el que por especial concesión de la Penitenciaría Apostólica, por mandato del Sumo Pontífice, en rescripto de 22 de noviembre de 2003 (Prot. N. 176/03/1) los fieles podrán lucrar Indulgencia Plenaria, en las condiciones establecidas por la Iglesia (confesión sacramental, comunión eucarística, oración por las intenciones del Sumo Pontífice y remoción de todo afecto hacia el pecado) que en la Catedral-Basílica del Pilar asistan a alguna celebración sagrada o reciten el Padrenuestro o el Credo, añadiendo alguna invocación mariana:

a) los días 20 de mayo de 2004 y 2005, en los que se iniciarán y culminarán las celebraciones jubilares.
b) en las solemnidades y fiestas de la Bienaventurada Virgen María.
c) una vez al año en el día que libremente sea elegido por cada fiel.
d) cuantas veces peregrinen en grupo para honrar la venerada Imagen.

La celebración de este Centenario como AÑO JUBILAR , enriquecido con Indulgencias por la Santa Iglesia, contribuirá, sin duda, al acrecentamiento de la vida cristiana y de la devoción a la Santísima Virgen, en nuestra diócesis, en España y en todos los fieles cristianos que se acerquen a la Basílica del Pilar.

Zaragoza, 2 de enero de 2004. Memoria de la Venida de la Virgen a Zaragoza.


Don Elias


Centenario de la Coronación
de la Virgen del Pilar
Zaragoza